"A fin de desarrollar la acción educativa española en el exterior
en lo relativo a la promoción y organización de enseñanzas regladas de
niveles no universitarios del sistema educativo español, currículos
mixtos impartidos en centros con participación del Estado español,
programas de apoyo a las enseñanzas del español y programas específicos
para hijos de residentes españoles, todo ello integrado en el marco más
amplio de la proyección de la cultura y de la lengua españolas, de
acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 1138/2002, de 31 de
octubre («Boletín Oficial del Estado» de 1 de noviembre), y en la Orden
ECD/531/2003, de 10 de marzo (Boletín Oficial del Estado de 13 de
marzo), modificada por la Orden EDU/2191/2011, de 29 de julio (Boletín
Oficial del Estado de 4 de agosto), y conforme a lo dispuesto en los
artículos 29 y 30 del Estatuto de Personal de las Escuelas Europeas, se
hace necesario proceder a la provisión de vacantes en Centros de
titularidad del Estado español, Centros de titularidad mixta, Secciones
Españolas en Centros docentes de titularidad extranjera, Escuelas
Europeas y Agrupaciones de Lengua y Cultura Españolas, todos ellos en
el exterior, para funcionarios de carrera de los Cuerpos de
Catedráticos y Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos
de Formación Profesional y Maestros, en régimen de adscripción temporal".
BOE 04/02/12
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